Presenta diputada Argüeyes Loya iniciativa...

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Ariel_MX
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Presenta diputada Argüeyes Loya iniciativa...

Mensaje por Ariel_MX » Vie, 23 Nov 2012, 16:46

...para permitir el acceso de los cigarros electrónicos a nuestro país.


Supongo que muchos ya estaban enterados, de cualquier forma pongo la liga al artículo y el video:

http://diputados.pan.org.mx/ver.asp?idNota=629479

De la página del "GRUPO PARLAMENTARIO PARTIDO ACCIÓN NACIONAL LXII LEGISLATURA - CAMARA DE DIPUTADOS"
Presenta diputada Argüeyes Loya iniciativa para permitir el acceso de los cigarros electrónicos a nuestro país

Jueves, 15 de Noviembre de 2012 | 15:56


Diputada Consuelo Argüelles Loya

Intervención para presentar iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 16 de la Ley General para el Control del Tabaco

Sesión ordinaria, Cámara de Diputados
15 de noviembre de 2012

Con su venia, Señor Presidente.

En ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 6, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito someter a consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto mediante el cual se reforma la fracción VI del artículo 16 de la Ley General para el Control del Tabaco.

Compañeros legisladores, es por todos conocidos el inmenso daño que genera el tabaco, tanto para los fumadores como para los no fumadores. Para el año 2020 se va a considerar, la OMS (Organización Mundial de la Salud) estima que en el 2020 muera más gente de cáncer del pulmón que la suma de la gente que va a morir de sida, de tuberculosis, de diabetes, de accidentes de vehículos, de suicidio y de hasta homicidio o la combinación de ellos.

Nos hemos esmerado desde hace años, a partir del ámbito federal y local, en proteger a los no fumadores, en limitar los espacios -y eso es correcto-, pero también ahora tenemos que preocuparnos y darles alternativas a los fumadores, porque nos ha faltado implementar soluciones para ellos, no todo es para los no fumadores.

Hoy someto ante esta soberanía una iniciativa para permitir el acceso de los cigarros electrónicos a nuestro país. Es un tema que no podemos desconocer, es un tema que está en vogue, es un tema que merece nuestra atención, y es un tema al cual tenemos que ir metiéndole la normativa, la legislación, y exhortar a la Secretaría de Salubridad que entre en estudio en este tema.

Hoy en día no está permitida la importación de estos productos por una serie de mitos inventados obviamente por la industria tabacalera. Pero en resumen, compañeros, estos productos no son tan dañinos como lo son el cigarro derivado del tabaco.

Un cigarro derivado del tabaco tiene entre 5 mil a 10 mil químicos y de estos químicos el humo que emiten produce el cáncer. Cada vez que nosotros inhalamos el olor del humo del tabaco nos estamos contaminando alrededor de 98 químicos del tabaco, y un cigarro electrónico no emite humo, emite vapor y no tienen estos productos.

Voy anexar al proyecto de iniciativa dos estudios de toxicología, uno por la universidad de Boston y otro por la FDA (Federal Drug Administration), donde ellos dicen que es como aproximadamente mil 500 veces más benéfico un cigarro electrónico que un cigarro del tabaco.

No existe un cigarro más seguro por ser producto de combustión, dice la industria tabacalera. No tiene relación alguna, de entrada elimina la combustión, lo que lo vuelve más seguro. ¿Qué hizo la industria tabacalera? Sacaron los cigarros light. Pero, ¿qué pasó? No redujo. Al contrario, se elevaron las ventas de los productos del tabaco light y no tienen menos químicos de lo que ellos aseguran tener.

Por ende, los legisladores del Partido Acción Nacional siempre hemos defendido la dignidad de la persona, y una vida digna es aquella que no depende de factores externos para poder estar bien, es aquella que no requiere de ningún estímulo más allá de la vida misma.

Dejar de fumar puede ser la salvación de miles ciudadanos y representa una mejora en la calidad de la vida casi inmediata. Tiene muchos beneficios en la salud, también existen otros factores de orden más práctico, tienen mejor imagen. Han sido décadas de mentiras y engaños para mantener a los mercados de consumo sin observar el daño que se les está haciendo a los consumidores.

Es tiempo de que veamos por aquellos que fuman y no solo por los que no lo hacen. Hemos caído en un juego de las tabacaleras y hemos eliminado las opciones más sencillas y viables para que la gente se aleje del vicio.

Vamos por la gente, vamos por México. Exhortamos a la autoridad de salubridad a que se meta en este tema, por lo que además solicitamos directamente reformar y adicionar la fracción VI de la Ley General del Control de Tabaco, que a la letra dice:

Artículo 16. Se prohíbe, fracción I a la V...

VI. Comerciar, vender, distribuir, exhibir, promocionar o producir cualquier objeto que no sea un producto del tabaco que contenga alguno de los elementos de la marca o cualquier tipo de diseño o señal auditiva que identifique con productos del tabaco.

Por lo que se propone, salvo que se trate de dispositivos que coadyuven en la reducción del consumo del tabaco, como lo es el cigarrillo electrónico, siempre y cuando cumplan las normas sanitarias que al efecto emita la autoridad competente.

Quiero agradecer a mis compañeros del PRI, del Verde, del PRD, del PT y del Movimiento Ciudadano que se sumaron a esta propuesta y exhorto a los compañeros que desconocían del tema, que nos sumemos a esta iniciativa. La verdad, –ya termino, señor presidente–. El tabaco en el 2020 va a matar a más de la mitad de la población de este planeta.

Es cuanto, Señor Presidente.

DIPUTADOS: ARGUELLES LOYA CONSUELO

ETIQUETAS: Salud , Tabaquismo
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Re: Presenta diputada Argüeyes Loya iniciativa...

Mensaje por Ariel_MX » Vie, 23 Nov 2012, 16:48

Como le dirían al Chapulin Colorado cuando hace algo bien:

"¡¡¡MUCHOOOOO, DIPUTADA!!!!"

:D
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Re: Presenta diputada Argüeyes Loya iniciativa...

Mensaje por rdzfdz » Vie, 23 Nov 2012, 19:44

En la legislatura anterior se circuló entre los diferentes grupos parlamentarios una iniciativa similar: Adicionar la fracción VI del artículo 16 para establecer expresamente que tales prohibiciones no aplicaban a los dispositivos como el cigarro electrónico. Desafortunadamente, como ya estaban por irse, no les interesó. Ahora hay que estar pendientes de que la comisión a la que fue turnada (me imagino que fue a la de Salu), la discuta y elabore el dictamen. Ahora, con el nuevo Reglamento de la Cámara de Diputados (Artículos 89, 182 y 183), se tiene la "garantía" de que deberán dictaminarse en 45 días, aunque pueden pedir una prórroga... Sin embargo, tal "garantía" no opera: El problema es que, por lo general, las iniciativas que no se dictaminan antes del final del período ordinario (el actual termina el 31 de diciembre) son desechadas. Ojalá haya suerte y se dictamine la iniciativa.
SALU2

PD Me imagino que la Diputada se estaba pasando del tiempo límite para su presentación en tribuna (por aquello de que el Presidente de la Cámara les indica: "Termine" o "Concluya" y la respuesta de "ya termino, señor presidente") por lo que se justifica eso de que "El tabaco en el 2020 va a matar a más de la mitad de la población de este planeta" :shock: :lol: :lol: Un poquito :o de exageración es justificable.

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Re: Presenta diputada Argüeyes Loya iniciativa...

Mensaje por Oliveriogh » Vie, 23 Nov 2012, 21:49

Aplausos para la doñita esta. Ojala y como ya bien lo explica rdzfdz se obtenga un dictamen a favor antes del tiempo órdinario y de no ser así siga gente trabajando en dar seguimiento a este tipo de inisiativas.

En cuanto a las cantidades creo que la exageración se noto un poco desde el el monento que habla de los 10 mil quimicos de un cigarro normal y pues la remato bien con la teoria de la muerte de la mitad de humanos en este planeta. Igual con la prisa quizo dar a notar la importancía de esta propuesta y ahora si que se le hizo facil, pero igual un aplauso...

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Paul
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Re: Presenta diputada Argüeyes Loya iniciativa...

Mensaje por Paul » Sab, 24 Nov 2012, 18:00

Una noticia tan importante deberiamos difundirla más, por favor háganlo por FB, TW o lo que sea: http://www.vapeadores.com/2012/11/mexic ... ectronico/

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CIPRIANOL
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Re: Presenta diputada Argüeyes Loya iniciativa...

Mensaje por CIPRIANOL » Sab, 24 Nov 2012, 18:55

La diputada Arguelles es de Nuevo Leon ya le mande un correo felicitandola por la iniciativa asi mismo al diputado por mi distrito pidiendole que apoye la iniciativa. si ustedes le mandan un correo al diputado de su distrito haber si la apoyan en el congreso

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Re: Presenta diputada Argüeyes Loya iniciativa...

Mensaje por Paul » Sab, 24 Nov 2012, 21:38

CIPRIANOL escribió:La diputada Arguelles es de Nuevo Leon ya le mande un correo felicitandola por la iniciativa asi mismo al diputado por mi distrito pidiendole que apoye la iniciativa. si ustedes le mandan un correo al diputado de su distrito haber si la apoyan en el congreso
+10 hay que agradecerle a la diputada y tratar de contactar al diputado de nuestro distrito para que apoye la reforma.

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Re: Presenta diputada Argüeyes Loya iniciativa...

Mensaje por Paul » Sab, 24 Nov 2012, 21:42

Por cierto, muchísimas gracias Ariel_MX por mantenernos al tanto de volada, yo apenas me enteré hoy y tú ya hasta lo habías posteado.

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Re: Presenta diputada Argüeyes Loya iniciativa...

Mensaje por rdzfdz » Dom, 25 Nov 2012, 10:56

La iniciativa fue publicada en la Gaceta Parlamentaria, año XV, número 3646, jueves 15 de noviembre de 2012 (http://gaceta.diputados.gob.mx/)
Se debe considerar que el tiempo para presentar una iniciativa ante el Pleno de la Cámara está limitado reglamentariamente. Por ello, la exposición en tribuna es un extracto de la misma. Por lo general, los proponentes solicitan que el texto íntegro de la iniciativa se inserte en el Diario de Debates. Pero, también por disposición reglamentaria, todas las iniciativas previamente a su presentación deben publicarse en la Gaceta Parlamentaria.
He aquí el texto íntegro:

"Iniciativas" (...)

"Que reforma el artículo 16 de la Ley General para el Control del Tabaco, a cargo de la diputada Consuelo Argüelles Loya, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita diputada Consuelo Argüelles Loya, diputada federal a la LXII Legislatura, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en ejercicio de la facultad que me confieren el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 6, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados me permito someter a consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto mediante el cual se reforma la fracción VI, del artículo 16, de la Ley General para el Control del Tabaco.

Exposición de Motivos

En México, el número total de muertes anuales atribuibles al tabaquismo por enfermedades asociadas, es de más de 53 mil, lo que equivale a que 147 mexicanos mueren diariamente por enfermedades causadas por el tabaco;1 6 -seis de cada 10 -diez mexicanos están expuestos al humo del tabaco.2 Para el año 2020 , la Organización Mundial de la Salud (OMS) estima que el tabaco causará más muertes alrededor del mundo que el VIH , la tuberculosis, la mortalidad materna, los accidentes de vehículos, el suicidio y el homicidio, combinados.3

Es un hecho ampliamente aceptado en la comunidad científica de que la inhalación de la mezcla compleja de productos en el humo del tabaco es el responsable de los efectos de salud adverso, como el cáncer, las enfermedades cardiovasculares y pulmonares. La reducción de daños o reducción del daño es una estrategia de reducción de consecuencias perjudiciales en el uso de drogas recreativas y en otras conductas que conllevan riesgo para la salud (como lo es el tabaco o el alcohol entre otros) que, entendiendo que existen personas que desarrollan éstos comportamientos y que no van a dejar de hacerlo, se pretende reducir los riesgos asociados a los mismos; considerando que las políticas de reducción de daños han sido ampliamente adoptadas para el consumo de éstos productos, por lo que no han encontrado un amplio apoyo en el control del tabaco. Muchos dentro de la comunidad de control del tabaco han apoyado la terapia de reemplazo de nicotina (TRN) entre otros productos farmacéuticos; éstos productos están diseñados como estrategias de cesación . Sin embargo, recientemente un nuevo producto y/o terapia que no se ajusta actualmente a ninguna categoría en el mercado de la nicotina, es el cigarrillo electrónico.

Los cigarrillos electrónicos no contienen tabaco , pero son dispositivos recreativos y/o terapias de reemplazo de nicotina y el usuario imita “el acto de fumar” pero no lo está realizando, toda vez que no contiene tabaco . Por lo tanto, no son productos de tabaco, ya que son dispositivos de cesación de tabaco. El potencial de la novedad de los cigarrillos electrónicos garantiza una revisión en el debate sobre la reducción de daños que aplica a estos productos. Expandiendo dramáticamente el potencial de estrategias de reducción de daños para conseguir mejoras sustanciales a la salud, ellos pueden fundamentalmente alterar el debate sobre la reducción de daños relacionados con el tabaco.

Los cigarrillos electrónicos son dispositivos portátiles alimentados por una batería que liberan nicotina al usuario a través de la vaporización de una solución de nicotina y propilenglicol. En estos innovadores productos, a lo que se reconoce como un “acto de fumar ”, en el cigarrillo electrónico se le denomina “vapear ” e imita la acción de fumar (pero recordemos que no contiene tabaco) por lo que se vapea, y no se fuma; además, no hay combustión y el usuario inhala vapor, no humo. Aunque la nicotina es un derivado del tabaco, los cigarrillos electrónicos no contienen tabaco. Se considera que vapear es menos dañino que fumar, ya que ofrece la nicotina sin las miles de sustancias tóxicas conocidas y desconocidas en el humo del tabaco.

Los cigarrillos electrónicos no son fabricados o distribuidos por la industria tabacalera o por la industria farmacéutica. Cientos de pequeños distribuidores lo comercializan a través de Internet y centros comerciales. Ellos han estado en el mercado de México por más de tres años y se han vuelto cada vez más populares.

Revisión de la evidencia sobre la seguridad de los cigarrillos electrónicos

De acuerdo a un estudio realizado por la compañía que presentó un estudio toxicológico ante la Federal Drug Administration (FDA), de los Estados Unidos de Norteamérica en el 2012, Chemir Analytical Services,4 utilizando extractos de tabaco y produciendo aerosoles generados a partir de la marca de cigarrillos electrónicos Green Smoke, se encontró que los tres principales componentes presentes en el aerosol del cigarrillo electrónico son:

Propilenglicol (PG)

Nicotina

Glicerina

Estos componentes fueron identificados utilizando cromatografía de gases/espectrometría de masas (CG/EM).

Cabe resaltar que actualmente, este estudio es utilizado por la (FDA) de Estados Unidos de América, como nueva evidencia para la investigación sobre los efectos y contenido de los cigarrillos electrónicos.

Según el estudio, el propilenglicol se considera no tóxico para los seres humanos después de la exposición por inhalación y no representa ningún aumento en el riesgo de efectos adversos. No hay evidencia en la literatura científica publicada que la exposición al aerosol de propilenglicol cause cáncer , enfermedades cardiovasculares o pulmonares .

De igual forma, señala que la nicotina en sí provoca un riesgo mínimo cuando se separa de la inhalación de humo de tabaco y al mismo tiempo argumenta que la glicerina se considera no tóxica para los seres humanos después de la exposición por inhalación y no representa ningún aumento en el riesgo de efectos adversos. No hay evidencia en la literatura científica publicada que la exposición al aerosol de glicerina cause cáncer, enfermedades cardiovasculares o pulmonares .

Por otro lado, un estudio de la Boston University School of Public Health ,5 señala que de los 10,000 -diez mil a 100,000 -cien mil productos químicos estimados que se encuentran en el humo del cigarro de tabaco , apenas se tienen identificados 5,300 -cinco mil trescientos elementos que hasta el día de hoy han sido identificados, y 98-noventa y ocho de ellos son potencialmente cancerígenos ; sin embargo, respecto al cigarrillo electrónico (dentro de su estudio toxicológico), ya se detectó con certeza que los componentes químicos de éstos (propilenglicol, glicerina, nicotina), no causan cáncer, tal y como lo mencionamos en los párrafos que anteceden.

Se han identificado 16-diez y seis estudios donde se han caracterizado, muy ampliamente, los componentes contenidos en el líquido del cigarrillo electrónico y el vapor utilizando CG-EM. Estos estudios también demuestran que los compuestos del aerosol del cigarrillo electrónico son propilenglicol, nicotina y glicerina. De las otras sustancias químicas identificadas, la Federal Drug Administration de Estados Unidos (FDA) se ha centrado en los riesgos potenciales para la salud asociando a dos de ellas: Nitrosaminas Específicas del Tabaco (TSNA) y DietilenGlicol (DEG) .

Las TSNA, son los compuestos cancerígenos que representan mayor riesgo para la salud. Rastros de TSNA se han detectado en los dos estudios mencionados en el presente documento. El nivel máximo de TSNA totales registradas fue de 8,2 nano gramos por gramo (ng/g). Esto es un nivel similar a los 8,0 ng. encontrados en un parche de nicotina, y es varias veces inferior a los niveles TSNA en los cigarros de tabaco.

La Tabla 2 del estudio de la Boston University School of Public Health, muestra que los cigarrillos electrónicos contienen tan sólo 0.07% -punto cero siete a 0.2% -punto dos por ciento de las TSNA presentes que hay en comparación a los cigarros de tabaco, lo que significa que tiene entre 500-quinientos y 1400-mil cuatrocientos veces menos de reducción y concentración, que un cigarro normal (tabaco) tal y como se demuestra a continuación:


Además de lo que se señala en la tabla, no olvidemos en base a los estudios anteriormente señalados, que al menos 98-noventa y ocho de los componentes conocidos del humo del cigarro de tabaco son peligrosos , y principalmente revela que ninguno de éstos compuestos están presentes en el aerosol generado de los cigarrillos electrónicos probados (V2 CIGS y Green Smoke) .

Revisión de la evidencia sobre la efectividad de los cigarrillos electrónicos

Dos estudios publicados han examinado la eficacia del producto mediante la medición de su efecto sobre la ansiedad y otros indicadores a corto plazo.6 Los resumimos brevemente en la Tabla 3, que a continuación señalaremos. Estos demostraron que los cigarrillos electrónicos liberan nicotina eficazmente, más rápido que un inhalador de nicotina. En uno de ellos, el utilizar un cigarrillo electrónico redujo significativamente la ansiedad, un efecto similar al que se observó con un inhalador de nicotina o en su caso, los famosos parches o cicles de nicotina.

Asimismo el Anexo B, del presente documento, hace mención de que existen varios estudios que han establecido y determinado la capacidad de los cigarrillos electrónicos sin nicotina (porque sí existen), los cuales proveen un alivio respecto a la ansiedad del consumidor. La considerable reducción del ansia lograda por el placebo de un cigarrillo electrónico sin nicotina, demuestra la capacidad de los estímulos físicos para suprimir los deseos independientemente.


Argumentos que van en contra de la reducción de daños del tabaquismo, y sustentos por los cuales son equívocos

Según el informe de Michael Siegel,7 la revisión de la literatura existente identificó 5-cinco principales argumentos en contra de la reducción de daños como una estrategia de control del tabaco. Estos argumentos explican por qué, en el pasado, la reducción de daños del tabaquismo no ha sido aceptada como una estrategia de control del tabaco.

1) Promoción de alternativas más seguras inhibirán el cese al hábito de fumar/esfuerzos de prevención: el temor principal es que los fumadores que de uno u otro modo pudieran dejar de fumar por completo, se convertirán en adictos a otro producto nocivo. Además, un producto que reduce el daño a la persona puede atraer a nuevos usuarios que son no fumadores y así socavar los esfuerzos para prevenir el uso del tabaco.

Como ya lo mencionamos, es preferible reglamentar nuevas alternativas viables, y darle u ofrecerles a los ciudadanos opciones que no sean tan dañinas como el tabaco; y opciones que no produzcan cáncer principalmente. Y así como hoy en día hay opciones para los “no fumadores” también debemos de dar opciones a los “fumadores”, para que tengan alternativas que sean menos dañinas para ellos mismos y puedan prolongar al mínimo 10-diez o 20-veinte años su vida promedio.

2) El escepticismo sobre el rol que desempeñan los productos de combustión en la reducción de daños: el argumento, basado en numerosos problemas relacionados, es que la combustión del tabaco inherentemente produce exposiciones peligrosas y por lo tanto la búsqueda de un cigarrillo “más seguro” es inútil. Es imposible evaluar los riesgos de un nuevo producto con una máquina de medición de componentes del humo, porque no hay una buena manera de simular el comportamiento real del acto de fumar. No podemos, por otra parte, fácilmente inferir el riesgo humano de las mediciones químicas. Una escuela de pensamiento generalizado en el control del tabaco sostiene que la naturaleza misma de la combustión del tabaco se opone a los cigarrillos más seguros, por lo que los intentos de desarrollarlos deben ser abandonados.

Es más que obvio que la industria tabacalera, mencionen que los “intentos de desarrollar los cigarrillos electrónicos deben ser abandonados”; está por demás decir, que sus intereses económicos, se verían afectados; por otra parte, las tecnologías de hoy, permiten arrojar estudios, que anteriormente no podían, y tal como se demostró en el presente análisis, ya demostramos a través de estudios toxicológicos, que los cigarrillos electrónicos, al menos no dañan en la emisión de su vapor (por que no es humo) a las terceras personas que rodean al consumidor del producto, siendo esto contrario a un cigarro del tabaco, que si daña directamente al fumador pasivo y produciéndoles cáncer.

3) Alternativas promovidas como más seguro pueden resultar más peligrosas, o pueden ser igualmente peligrosas, dando lugar a reclamaciones falsas o infundadas, y a la información engañosa al público: la experiencia en el pasado con productos de exposición potencialmente reducida, han puesto de manifiesto que los productos promovidos por la industria del tabaco como potencialmente más seguros han terminado siendo no más seguros o han resultado en un incremento en la exposición tóxica.

En particular, un amplio consenso en la comunidad de salud pública sostiene que los “cigarros de tabaco light” engañaron a los consumidores haciéndoles creer que estaban siendo expuestos a niveles más bajos de químicos tóxicos. Los fumadores terminaron por compensar la reducción de la nicotina en los “light” fumando con mayor frecuencia e intensidad, lo que resulta en una mayor exposición de lo que originalmente se había reportado.

4) Las terapias de reducción de nicotina (TRN) han sido ineficaces, lo que significa que la reducción de daños equivale a mantenimiento de daño: el uso de las TRN para la reducción del daño del tabaco es, de hecho, el mantenimiento de daño porque TRN es tan ineficaz que esencialmente asegura de que las Grandes Tabacaleras de la Industria no perderán a sus clientes. A los fumadores simplemente no les gustan los productos que simplemente liberan nicotina, y por lo tanto “no debemos asumir que los fumadores estén dispuestos y sean capaces de sustituir un producto de mantenimiento de nicotina para el consumo de cigarros de tabaco”.

Es a base de mentiras, engaños, y maniobras de mercadotecnia, que las tabacaleras, puedan presentar “opciones”, para que los consumidores de sus productos, no dejen al final de cuentas, la adicción por sus productos tabacaleros. Y es normal que no les convengan, que existan o salgan productos al mercado, como los cigarrillos electrónicos, que contienen cantidades similares de nicótica como los parches o chicles, y que si benefician en salud a los consumidores, porque son altamente menos dañinos que los cigarros de tabaco, y además no producen molestias en olor, y en químicos a terceros, porque la emisión del mismo es vapor, y no humo; lo que hace que los cigarrillos electrónicos no produzcan cáncer a terceros.

5) No se puede confiar en las grandes tabacaleras para desarrollar y comercializar una alternativa más segura de tabaco: El argumento final es que las compañías de tabaco, en base a su historia de mentiras y engaños, simplemente no se les puede confiar para desarrollar y comercializar una alternativa segura de tabaco. Dar prioridad a la reducción del daño, por muy grande o mínima que sea, puede ser necesario un cierto nivel de cooperación con la industria tabacalera y sin duda resultaría lucrativo para la misma, Por lo tanto, la reducción del daño del tabaco se benefician necesariamente con la industria del tabaco, independientemente de qué otra cosa se puede lograr.

En conclusión son muchas las excusas, de la industria tabacalera, para que los cigarrillos electrónicos no sean normados o regulados, sus intereses económicos, son ante todo su principal oposición, para darle a los ciudadanos alternativas viables, para que éstos puedan reducir o radicar, la adicción al tabaco. Es necesario dar alternativas viables y seguras, así como los parches o chicles de nicótica, que ofrezcan a los consumidores, opciones menos riesgosas o dañinas que un cigarro de tabaco, y de manera regulada.

Situación legal en México y en el mundo

Debido a la relativa novedad de la tecnología y la posible relación con las leyes de tabaco y las políticas de infusión, la legislación del cigarrillo electrónico e investigaciones de salud pública están actualmente pendientes en muchos países. Por otro lado, como los cigarrillos de tabaco están constantemente experimentando incrementos en los impuestos, los cigarrillos electrónicos son una alternativa viable que sustituyen al tabaco, para muchos de los consumidores.

En México, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) de la Secretaría de Salud informó que la importación, distribución, comercialización y venta del denominado cigarrillo electrónico está prohibido por la Ley General para el Control del Tabaco.

Ante algunas versiones en el sentido de que la COFEPRIS “ignoró” su venta, la autoridad sanitaria federal aclara que no ha emitido autorización alguna para importar o comercializar este producto en México.

La COFREPRIS alertó a la población de que no hay evidencia científica de que el cigarrillo electrónico sea una efectiva alternativa médica para dejar de fumar, puesto que no existen pruebas de la eficacia y seguridad del producto, por lo que se recomienda no comprarlo. Sin embargo, esta alerta se realizó en el año 2009 , y desde entonces se han realizado muchas investigaciones e informes en otras partes del mundo, como los expuestos en este documento, donde existe evidencia clara sobre la eficacia y seguridad del producto.

En Estados Unidos de Norteamérica, la Administración de Alimentos y Medicamentos (Federal Drug Administration) clasifica los cigarrillos electrónicos como dispositivos de administración de fármacos y sujetos a regulación bajo la Ley de Alimentos, Drogas y Cosméticos (FDCA) antes de la importación y venta en los Estados Unidos. La clasificación fue impugnada ante el tribunal, y revocada en enero de 2010 por el juez federal Richard J. Leo, alegando que “los dispositivos deben ser regulados como productos de tabaco en vez de drogas o productos médicos” .8 El juez J. Leo ordenó a la FDA dejar de bloquear la importación de cigarrillos electrónicos e indicó que los dispositivos deben ser regulados como productos de tabaco en vez de drogas o dispositivos médicos.9

En marzo de 2010 , un Tribunal de Apelaciones de EE.UU. se quedó en espera de una orden judicial, en el que la FDA sostuvo el derecho de regular los cigarrillos electrónicos en función de su capacidad anterior para regular la nicotina en terapias de reemplazo como la goma de mascar de nicotina o parches . Además, la agencia argumentó que la legislación del tabaco promulgada el año anterior (2011) “excluye expresamente de la definición de “productos de tabaco “ cualquier artículo que sea producto de un medicamento, mecanismo o combinación bajo la FDCA, y establece que dichos artículos estarán sujetos a regulación bajo las preexistentes disposiciones de la FDCA.”10 El 7 de diciembre de 2010 , el tribunal de apelaciones falló en contra de la FDA en una decisión unánime 3-0, descartando que la FDA sólo pueda regular los cigarrillos electrónicos como productos de tabaco (aunque no son derivados del tabaco) pero por su parecido, deberán estar en dicha clasificación, y por lo tanto no puede bloquear su importación .11 Los jueces dictaminaron que estos dispositivos sólo estarían sujetos a la legislación de drogas si se comercializan para uso terapéutico – Los fabricantes de cigarrillos electrónicos habían demostrado con éxito que sus productos iban dirigidos a los fumadores y no a los que tratan de dejar de fumar . El Circuito del Distrito de Corte de Apelaciones de Columbia se negó a revisar la decisión de bloquear los productos de la regulación de la FDA como dispositivos médicos, el 24 de enero de 2011.12

Cabe señalar que además de Estados Unidos de Norte América, entre los países donde el cigarrillo electrónico es legal , ya sea que se clasifiquen como productos médicos, sanitarios o recreacionales, están Canadá, Bolivia, Austria, República Checa, Finlandia, Alemania, Noruega, Italia, Portugal, Reino Unido, China, India, Nueva Zelanda y Suiza entre otros .13

Conclusiones

Es nuestra responsabilidad, proponer iniciativas que se ajusten a los derechos humanos reconocidos en nuestra Constitución en los términos del artículo 1 de nuestra Carta Magna y al derecho a la protección de la salud como Garantía Constitucional contenida en el artículo 4 de la Constitución Federal.

Esta propuesta de reforma a la fracción VI, del artículo 16 de la Ley General para el Control del Tabaco deberá reformarse para establecer que al tratarse de alternativas que ayuden a inhibir a los fumadores en el uso del tabaco que cumplan con las normas sanitarias estipuladas por los organismos de salud y también con las normas internacionales de calidad en su fabricación como lo sería el cigarrillo electrónico, se permita comerciar, vender, distribuir, exhibir, promocionar o producir cualquier objeto que no sea un producto del tabaco, aún y cuando contenga alguno de los elementos de la marca o cualquier tipo de diseño o señal auditiva que lo identifique con productos del tabaco, ya que se debe privilegiar el interés general de la salud; ya que como está redactada la fracción del artículo cuya reforma se propone, restringe la posibilidad en perjuicio de los fumadores activos, de que las autoridades sanitarias evalúen nuevas alternativas que ayuden a los fumadores a desistir del tabaquismo , lo que es contrario al Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco.

Además asimismo el Gobierno Federal destinaba anualmente a partir del 2008, $30,000-treinta mil millones de pesos para atender las enfermedades relacionadas con el consumo del tabaco,14 por lo que la regulación del cigarrillo electrónico coadyudvaría a reducir este gasto público. Las políticas de reducción de daños, como la ley antitabaco, han demostrado ser ineficaces en la lucha contra el tabaquismo. De acuerdo a los resultados, expuestos en este documento, de los análisis realizados tanto por Chemir Analytical Services, así como la Universidad Pública de Medicina de Boston (Boston University School of Public Health), resulta contradictorio que con la evidencia que existe a partir de este año, de octubre de 2012, sobre los efectos, beneficios y la eficacia del uso del cigarrillo electrónico como una alternativa al uso de los cigarros de tabaco, se prohíba el uso de este producto . Los beneficios15 del uso de los cigarrillos electrónicos son muy claros, tales como en un par de días mejora el gusto y el olfato, a las 3-tres semanas disminuye o desaparece la tos y mejora la circulación, a los 2 meses se tiene más energía y agilidad, a los 3-tres meses los pulmones comienzan a funcionar con normalidad, la respiración mejora y el cansancio es menor, después de 1-un año el riesgo de muerte por infarto se reduce a la mitad; pero los beneficios más importantes, es que no causan cáncer de humo de tabaco a terceros, por que emiten vapor, no humo, porque no contienen al menos los 98-noventa y ocho químicos que tiene el tabaco y produce cáncer; su olor no molestan a terceros, y tampoco queda impregnado su aroma en tu cuerpo, piel y pelo, no manchan los dientes, es 1500-mil quinientas veces menos dañinos, que un cigarro de tabaco, y no contiene principalmente los 10,000-diez mil químicos que contiene un cigarro de tabaco.

El impulso para prohibir los cigarrillos electrónicos puede repetir los errores del pasado. La política regulatoria para los cigarrillos electrónicos y otros novedosos productos de nicotina debe guiarse por una comprensión exacta de cómo éstos se comparan con los cigarros de tabaco y los terapias de reemplazo de nicótica, en términos de reducción de la exposición a tóxicos y ayudar a los fumadores a dejar de fumar. Seamos anti-cáncer , y pro-cigarrillos electrónicos , y evitemos que en el 2020, mueran más personas a causa del tabaco, porque además de que sea la segunda causa de muerte en el mundo (OMS), superará las muertes del: VIH, la tuberculosis, la mortalidad materna, los accidentes de vehículos, el suicidio y el homicidio, o sus combinados.

Por lo expuesto la suscrita diputada del Grupo Parlamentario de Acción Nacional somete a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción VI, del artículo 16, de la Ley General para el Control del Tabaco para quedar como sigue:

Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud

Único. Se reforma y adiciona a la fracción VI de la Ley General para el Control del Tabaco para quedar como sigue:

Artículo 16. Se prohíbe:

I. a V. ...

VI. Comerciar, vender, distribuir, exhibir, promocionar o producir cualquier objeto que no sea un producto del tabaco, que contenga alguno de los elementos de la marca o cualquier tipo de diseño o señal auditiva que lo identifique con productos del tabaco, salvo que se trate de dispositivos coadyuvantes en la reducción del consumo del tabaco, como lo es el cigarrillo electrónico, siempre y cuando cumplan con las normas sanitarias que al efecto emita la autoridad competente.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Dirección General de Servicios Médicos UNAM http://www.pve.unam.mx/eventos/capsulas ... sInf18.pdf (último acceso: 15 de octubre de 2012).

2 Ibídem, página 1.

3 Inegi. Estadísticas a propósito del día mundial sin tabaco: http://www.inegi.org.mx/inegi/contenido ... nidos/esta disticas/2005/tabaco05.pdf (último acceso: 15 de octubre de 2012).

4 Anexo A: Chemir Analytical Services, Reporte de Toxicidad en Inhalación, ante la Federal Drug Administration (FDA), de los Estados Unidos de Norteamérica, año 2012.

5 Anexo B: Siegel Michael, Los cigarrillos electrónicos como una estrategia de reducción de daños para el control del tabaco: ¿Un paso adelante o una repetición de los errores del pasado?, de la Boston University School of Public Health, año 2010.

6 Anexo B

7 Anexo B

8 FDA Fighting for authority to regulate electronic cigarette. 2 de Marzo del 2010 http://www.aafp.org/online/en/home/publ ... th-of-the- public/20100302e-cig-fda.html

9 Judge Orders FDA to stop blocking imports of e-cigarrettes from China. 15 de Enero del 2010 The New York Times http://www.nytimes.com/2010/01/15/business/15smoke.html

10 AAFP.org http://www.aafp.org/online/en/home/publ ... /health-of -the-public/20100302e-cig-fda.html

11 La FDA no puede bloquear las importaciones: La Corte http://www.foxnews.com/health/2010/12/0 ... e-imports- court/

12 FDA Regulation of e-cigarrettes rebuffed again: American Medical News 14 de Febrero 2011

http://www.ama-assn.org/amednews/2011/0 ... sb0214.htm

13 Wikipedia: http://en.wikipedia.org/wiki/Electronic_cigarette Ultimo acceso 14 de octubre

14 El Universal: http://www.eluniversal.com.mx/articulos/46501.html Ultimo acceso 14 de octubre

15 http://www.cancer.gov/espanol/recursos/ ... aco/dejar- de-fumar Ultimo acceso 14 de octubre

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 15 de noviembre, de 2012.

Diputada Consuelo Argüelles Loya (rúbrica)"

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Re: Presenta diputada Argüeyes Loya iniciativa...

Mensaje por rdzfdz » Dom, 25 Nov 2012, 11:14

La iniciativa inserta dos Tablas:
Tabla 2 Ini Art 16 F IV LGpCT.jpg
Tabla 3 Ini Art 16 F IV LGpCT.jpg
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