España: La DG de Salud Pública rehúsa evaluar la seguridad de los cigarrillos electrónicos

El Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos (CGCOF) recibió recientemente la contestación por parte de la Dirección General de Salud Pública y Sanidad Exterior a una consulta realizada sobre los cigarrillos electrónicos. A este respecto, desde el organismo dependiente del Ministerio de Sanidad se informó a los farmacéuticos de que estos artículos "no cumplen con la definición de productos del tabaco".
En consecuencia, la dirección general aseguró no contar con la base legal necesaria para llevar a cabo ningún procedimiento para la evaluación de la calidad, seguridad o eficacia de este producto, que tampoco se ve afectado por las medidas sanitarias sobre prevención del tabaquismo.
Por su parte, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps) consideró que al no cumplir con la definición de medicamento ni de producto sanitario "tampoco le es de aplicación ninguna de estas regulaciones". Por tanto, ante la ausencia de regulación sanitaria específica, en el escrito remitido se afirma que los cigarrillos electrónicos "deben cumplir con la normativa básica de bienes de consumo y la de seguridad de los productos", cuya competencia corresponde a la Dirección General de Consumo.
Fuente: http://www.elglobal.net/articulo.asp?idcat=643&idart=525463
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Esto quiere decir que las instancias pertinentes para regular por un lado el tabaco (Dirección General de Salud Pública y Sanidad Exterior) y por otro los medicamentos (Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios) reconocen cada una por su lado que en España los cigarrillos electrónicos ni son un producto del tabaco, ni son un medicamento, lo cual los deja bajo la responsabilidad de la Dirección General de Consumo para que los regule según sus lineamientos.
Esta es una excelente noticia para los compañeros vapeadores de España (los cuales son muchísimos), ya que las regulaciones no serán de ninguna forma demasiado severas, deberán cumplir con las regulaciones básicas con las que cumple cualquier otro producto de consumo general 🙂
WOW!!! Excelente noticia para los españoles, hasta que por fin leo algo de sensatez por parte de autoridades
Así es Fabian, se discute mucho sobre si son productos del tabaco o si son medicamentos, para mi, en mi pequeño mundito tal vez ingenuo y estúpido son las dos cosas y también NO son ninguna de las dos cosas XD.
Y es que es un producto totalmente novedoso que debería tener su propia categoría o no estar en ninguna haciéndolo un producto de consumo general, ya que la nicotina proviene del tabaco (producto del tabaco), pero se pueden usar sin nicotina (Producto de consumo general), tiene forma de un cigarro normal (resemblando un producto del tabaco), pero puede tener cualquier otra forma (consumo general), se puede usar para sustituir al tabaco o para dejar de fumar (medicamento), así que a final de cuentas depende de como quiera clasificarlo cada país y la lucha que opongan los ciudadanos a dicha clasificación.
En el caso de España hasta este momento sale muy bien librado el cigarrillo electrónico.