Acuerdan código de buenas prácticas para el vapeo en hostelería

La Asociación Nacional del Cigarrillo Electrónico (ANCE), y la Federación Española de Hostelería (FEHR) han elaborado un código de buenas prácticas, pionero en Europa, sobre el uso del cigarrillo electrónico en bares y restaurantes que garantizará la convivencia entre vapeadores y clientes en espacios públicos.

Ante el retraso de la transposición de la directiva comunitaria que regula los e-cigs en España, las patronales del cigarrillo electrónico y del sector hostelero han considerado necesario aclarar tanto a consumidores como a hosteleros las dudas en torno al uso de estos dispositivos en establecimientos públicos, por lo que han acordado establecer un código de pautas para la buena relación entre los vapeadores y los demás clientes en estos establecimientos.

Para ambos sectores prima la protección del menor, de manera que han llegado a diferentes acuerdos como restringir el uso de estos dispositivos en aquellos establecimientos principalmente frecuentados por menores, así como prohibir su uso a los menores de edad, algo ya contemplado en la legislación nacional.

La información es otro tema central de este acuerdo, ya que la utilización de cigarrillos electrónicos puede sorprender a algunos clientes, por ello las dos patronales recomiendan señalar en los establecimientos claramente si autorizan esta práctica. Ambos sectores coinciden en la necesidad de que tanto vapeadores como no vapeadores conozcan sus derechos, pero también los hosteleros deben conocer la legislación de estos dispositivos.

Según José María Rubio, presidente de la FEHR, "es esencial que los hosteleros españoles estén informados sobre la legislación del cigarrillo electrónico, y sobre las diferencias con tabaco, ya que el vapor de los cigarrillos electrónicos nada tiene que ver con el humo del tabaco. Además, debemos tener en cuenta que no sólo estamos hablamos de los ‘vapeadores’ nacionales, sino que también de un creciente número de turistas de países como Reino Unido o Alemania, donde el consumo del e-cig está mucho más extendido".

Ambos sectores coinciden en que este acuerdo constituye la base fundamental para crear un clima de convivencia sostenible con los usuarios del cigarrillo electrónico, y que supone un ejercicio que garantiza los derechos tanto de los usuarios del cigarrillo electrónico como del conjunto de los consumidores en restaurantes, bares y cafeterías.

Para Alejandro Rodríguez, presidente de ANCE, "los vapeadores deben ser conscientes de sus derechos a la par de ser respetuosos con el resto de clientes. Ésta es una realidad que ya se da actualmente, pero considerábamos necesario plasmarlo en una guía de buenas prácticas para que facilite la convivencia. Nos congratula que esta sea la primera guía de este tipo en la UE".

Ambas asociaciones han acordado promover activamente la divulgación de estas pautas entre sus asociados, así como con otros colectivos y asociaciones interesadas en el mismo, con el fin de conseguir una amplia difusión entre los miles de establecimientos miembro de la FEHR y los más de 200.000 vapeadores españoles.

Claves del Código de Buenas Prácticas:

• Según la legislación vigente en España y la norma impulsada por la Unión Europea, vapear está permitido en bares, restaurantes y cafeterías. Su uso está restringido en edificios de la administración pública, centros de salud y educación y transporte público y aquellos establecimientos en los que el propietario así lo decida. • Se recomienda señalar clara y visiblemente si el hostelero permite vapear en el establecimiento. Para ello, FEHR ha hecho llegar a sus asociados una señalización específica.

• Se insta a solicitar el DNI a aquellas personas que pueden ser menores de edad y que estén vapeando en el establecimiento. El cigarrillo electrónico es un producto dirigido únicamente a un público adulto, su adquisición y consumo está prohibido a menores de 18 años.

• Se recomienda no permitir el vapeo en establecimientos altamente frecuentados por menores de edad (tales como salas de fiesta de menores o salones de recreativos).

• No vender cigarrillos electrónicos ni líquidos de recarga. Aunque actualmente los e-cigs pueden ser dispensados a adultos en cualquier negocio, es recomendable que sean distribuidos únicamente por profesionales en tiendas especializadas y estancos para garantizar la calidad del producto.

• Ante una queja sobre el uso del cigarrillo electrónico es importante mantener una actitud conciliadora entre vapeadores y no vapeadores. Se debe explicar la legislación vigente y la política del establecimiento al respecto. En caso de que la queja persista, se puede solicitar amablemente al vapeador interrumpir el uso.

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